El código de Hammurabi (Autor: Guillermo Aguillaume Gandasegui)

Griegos, hebreos y mesopotámicos de la Antigüedad utilizaban la misma noción de Justicia

Una comparación exhaustiva de las concepciones de la Justicia que se utilizaban en los textos legales de la antigua Grecia, de la Torah judía y de las recopilaciones legales mesopotámicas, como el Código Hammurabi, muestra que, curiosamente, todas ellas son muy cercanas y se basan en la idea de reciprocidad en las relaciones sociales. Más que una posible influencia directa entre estas culturas jurídicas, los investigadores consideran que la reciprocidad se utilizaba como un mecanismo para mantener la cooperación en sociedades complejas.

Antes de que los primeros filósofos se ocuparan de la Justicia, las sociedades urbanas de la Antigüedad tuvieron que ocuparse de la convivencia, y fueron generando sus propias concepciones de la Justicia. En un artículo reciente hemos explorado una pregunta aparentemente sencilla: ¿qué entendían por Justicia las sociedades que nos dejaron los primeros textos jurídicos de la Historia?

Para responderla, nuestro trabajo analiza tres grandes tradiciones jurídicas de la Antigüedad: la de Mesopotamia —que vio el crecimiento de las primeras ciudades en la Edad de Bronce—, la del Antiguo Testamento hebreo, y la de la Grecia Arcaica, la de Hesíodo y Solón, anterior a Sócrates y Platón. En cada una de ellas, la Justicia recibe un nombre distinto: misharum en acadio, mishpat y tzedak en hebreo, díkē en griego. Pero más allá de las diferencias lingüísticas y culturales, las tres apuntan a una idea similar: la reciprocidad.

La reciprocidad es, en términos sencillos, el principio del quid pro quo, del «ojo por ojo», pero también del «trato justo» y del «devolver lo que has recibido». En Mesopotamia, el famoso Código de Hammurabi no era tanto un código civil moderno como una recopilación de sentencias de equidad: misharum significaba restablecer el equilibrio roto, limitar la esclavitud por deudas y proteger al débil frente al poderoso. En la Torah hebrea, el concepto se desdobla: mishpat es la justicia retributiva —compensar el daño causado—, mientras que tzedak es la justicia solidaria, el deber de ayudar al pobre, perdonar las deudas cada siete años o no cobrar intereses a los israelitas. En la Grecia Arcaica, díkē era exactamente eso: «dar a cada cual lo suyo», compensar el perjuicio, equilibrar la balanza.

Coincidencia producto de la complejidad social

Lo llamativo es que esta coincidencia no es casual ni producto de una influencia directa entre culturas. La tesis del artículo es que la reciprocidad se convierte en el fundamento de la Justicia en las tres tradiciones por una razón funcional: todas eran sociedades urbanas complejas, con decenas de miles de habitantes, economías mercantiles sofisticadas y profundas desigualdades sociales, en las que se habían extendido problemas como la servidumbre por deudas. En ellas, las antiguas redes de parentesco y clan ya no bastaban para mantener la convivencia. Era necesario un principio que garantizara la cooperación entre extraños.

La teoría de Juegos, la antropología e incluso la primatología respaldan esta intuición. El experimento informático de Axelrod y Hamilton, que simuló millones de veces el llamado «dilema del prisionero», demostró que la mejor estrategia para mantener la cooperación a largo plazo es precisamente el «toma y daca»: cooperar en la primera jugada y responder después igual que el otro. Esta misma lógica, llevaba grabada en las estelas de piedra de Hammurabi desde el siglo XVIII antes de Cristo.

Una idea de la antigüedad todavía vigente

La conclusión del trabajo matiza el célebre escepticismo del filósofo del derecho Hans Kelsen, quien sostenía que la historia del pensamiento demuestra que es imposible dar una definición de Justicia. Nuestra investigación propone que, al menos en Occidente, las concepciones de la Justicia no son infinitas: existe un sustrato común basado en la reciprocidad, un principio que no es solo una herencia cultural, sino una respuesta funcionalmente probada a los grandes problemas de cooperación de cualquier sociedad compleja. Esta misma lógica sigue presente, como se muestra en el artículo, en las grandes teorías modernas de la Justicia, como la de John Rawls.

La Justicia, antes de que los filósofos la convirtieran en ideal del alma o en utopía política, era algo más modesto y más sólido: la garantía de que nadie se aprovecha impunemente del otro, y de que quien coopera no sale perdiendo. Una idea tan antigua como las primeras ciudades, y todavía hoy vigente.

Referencia:

Guillermo Aguillaume Gandasegui, ¿Qué era justicia en la Antigüedad? Misharum, Mishpat y Diké: diferentes términos para referirse a la reciprocidad en las relaciones sociales. (2026). DERECHOS Y LIBERTADES: Revista De Filosofía Del Derecho Y Derechos Humanos, 54, 171-204. https://doi.org/10.20318/dyl.2026.9976


Autor del artículo divulgativo:

Guillermo Aguillaume Gandasegui
Instituto de Derechos Humanos Gregorio Peces-Barba
Universidad Carlos III de Madrid


Fuente: Scientias

Artículo bajo licencia Creative Commons – Atribución (CC BY 4.0). Este artículo puede ser reproducido íntegramente siempre y cuando vaya firmado por los autores y se acredite SCIENTIAS como fuente, incluyendo el enlace a nuestra página.